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24 de gener de 2009
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La Llei de maat – El suprem anul.la els plans d’emergència nuclear de les centrals Espanyoles –

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado los Planes de Emergencia Nuclear Exterior de las centrales españolas, aprobados por acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de junio de 2006. Así, la sentencia estima el recurso de la Asociación de Municipios Afectados por Centrales Nucleares (AMAC) contra esta decisión.

El Alto Tribunal reconoce de este modo el derecho de la asociación demandante a ser oída en el procedimiento de elaboración de los planes. El recurso interpuesto por AMAC argumenta que en la elaboración de los planes de emergencia «no se respetaron» los trámites para la aprobación de disposiciones de carácter general, concretamente la audiencia a esta organización.

En contra del parecer del Abogado del Estado, el Supremo entiende que la asociación demandante esta legitimada para esgrimir su falta de audiencia por representar a los municipios afectados por los Planes Directores de Emergencia Nuclear.

Los Planes de Emergencia Nuclear exteriores afectan a las centrales nucleares de…..

 Santa María de Garoña (Burgos), Almaraz (Cáceres), José Cabrera y Trillo (Guadalajara), Ascó y Vandellós (Tarragona) y Cofrentes (Valencia), y culminan el desarrollo del Plan Básico de Emergencia Nuclear aprobado en junio de 2004.

De acuerdo con dicho Plan Básico de Emergencia Nuclear, cada uno de estos debía estar constituido por un Plan Director y por los correspondientes Planes de los Grupos Operativos (Sanitario, Radiológico, Apoyo Logístico, de Seguridad Ciudadana y Orden Público, y de Coordinación y Asistencia técnica, estos dos últimos de nueva creación), así como por Planes Municipales.

Los cinco Planes de Emergencia Exterior anulados ahora, uno por cada provincia con centrales nucleares en su territorio, recogen la articulación de las organizaciones y servicios de respuesta ante una emergencia nuclear. Así, hacen hincapié en aspectos preventivos de la planificación de emergencias y en la puesta en práctica de programas de información a la población acerca de los riesgos que les pueden afectar y el comportamiento a seguir, en caso de que se produzca una emergencia nuclear.

La sentencia del máximo tribunal deduce que los planes obligan a los municipios incluidos en su radio de acción a través de una seria de reglas de general aplicación en situaciones de emergencia nuclear

En su elaboración participaron delegados del gobierno o, en su caso, subdelegados (a quienes corresponde dirigir la aplicación del Plan), con la colaboración del Consejo de Seguridad Nuclear y las comunidades autónomas a través de la Comisión Nacional de Protección Civil. Los planes comprenden actividades como la realización de ejercicios y simulacros o la formación del personal.

La sentencia del máximo tribunal deduce que los planes obligan a los municipios incluidos en su radio de acción a través de una seria de reglas de general aplicación en situaciones de emergencia nuclear. Por este motivo, señala que aunque las poblaciones afectadas estén representadas en la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) esto «no evita ni puede sustituir» la audiencia de los municipios «directamente afectados» por los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares.

Además, refleja que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior y sin haber dado audiencia a la AMAC en ningún momento del trámite administrativo, aprobó el 9 de junio de 2006 los planes directores correspondientes a los planes de emergencia nuclear exteriores de las citadas centrales, acordándose su publicación por resolución de la subsecretaría del interior de 14 de junio de 2006.

AMAC, actor principal

El gerente de AMAC, Mariano Vilad’Abadal, celebró en declaraciones a Europa Press que el Tribunal Supremo reconozca a la agrupación como «actores principales en el plan de emergencia». «Es una muy buena noticia», señaló al insistir en que son «parte interesada» en la elaboración de este tipo de normas.

Así, explicó que la AMAC presentó el contencioso-administrativo que se ha fallado de forma favorable a ellos, después de que ante un recurso anterior Protección Civil se comprometió a que «nunca más» adoptaría decisiones que afectaran a las centrales sin escuchar a los municipios afectados y que estos planes de emergencia provinciales se realizaron posteriormente sin pedirles opinión «a pesar de que habían prometido lo contrario». «En este caso, no habían enviado ningún aviso», insistió.

Vilad’Abadal analizó que el origen del problema es que hay una práctica de un «trabajo jerárquico y no de un trabajo entre iguales» y se quejó de que el plan de emergencia se realizó «con un criterio técnico que se impone al de abajo». Así, indicó que la AMAC considera que esto suponía que “el alcalde actúa según le manda el director del plan” y que no les tienen «en cuenta para nada» a la hora de hacer los planes de emergencia, siendo el resultado es “esta pelea”.

«Es una buena noticia que el Supremo haya reconocido a la AMAC el caracter de interlocutor y de interesados directos en la elaboración de los planes de emergencia nuclear», subrayó.

En todo caso, aseguró que esta decisión no significará que hasta que se elaboren nuevos planes éstos «se queden parados» ante una emergencia y adelantó que la AMAC pondrá «todas las facilidades para que el problema se solucione» con una nueva estrategia que tenga en cuenta la participación de los municipios. “Nos interesa muchísimo que haya un plan de emergencia nuclear que funcione”, señaló.

En cuanto a las principales carencias de los planes que han quedado anulados, el gerente de la AMAC precisó que «no se han tenido en cuenta» algunos aspectos como la participación de los ayuntamientos en la preparación de las acciones y en algunos grupos de control, la determinación de los medios humanos en las emergencias nucleares. Además, exigió que en la aplicación de los planes se actúe con una «mayor coordinación y no con criterios de jerarquía».

«Ahora tendremos que trabajar con Protección Civil, lo más rápido posible, enviarlo para que el Consejo de ministros pueda aprobarlo habiendo dado audiencia a los municipios», sentenció. Si hasta entonces hubiera una emergencia, los planes anulados se aplicarían «de forma coordinada con quien sea».

Europa Press

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