[Tercer lliurament de l’article ¿Un proceso constituyente canario?, del politòleg Jorge Stratós, publicat a Tamamos. Semanario Crítico Canario; anteriors capítols publicats el 24 de març de 2018 i el 14 d’abril de 2018]
Lo material y lo formal. En sentido material, la constitución democrática canaria debe surgir de forma ascendente desde la nación soberana hacia el ordenamiento institucional de la ciudadanía. La sociedad nacional canaria solo será soberana —es decir, libre— si puede ejercer su capacidad de decidir y de instaurar el orden político al que aspire. El ordenamiento político de las relaciones de poder canarias solo será cívico —esto es, civilizado— si el diseño institucional se constituye de forma pacífica, pluralista y democrática. Mientras que la ciudadanía canaria ejerza sus derechos nacionales con toda garantía —con información, deliberación y participación— la nación canaria se expresará en su ciudadanía. Estamos, pues, entremedio y muy retrasados en la tarea democratizadora, que hay que impulsar y acrecentar, siendo como es, además, una tarea siempre —por definición— deseable y a la vez inacabable.
En sentido formal, la constitución canaria debe recoger el conjunto posible y necesario de normas e instituciones democráticas que satisfagan las demandas soberanas de la ciudadanía nacional. Toda democratización soberana se sustenta en dos principios, el de igual libertad para toda la ciudadanía y el de autogobierno de la comunidad nacional. El principio de legalidad no es fundacional, sino derivado, puesto que procede de ambos. Es decir, este último no puede eliminar ni sustituir a los dos primeros. Los cuarenta años de la actual Constitución del Estado español, parece ser que fácticamente irreformable, y los treinta y seis del actual Estatuto de la nación canaria, pendiente de un nuevo maquillaje embaucador, nos han situado al inicio de la tarea democratizadora. Porque el escenario socio-político ha ido degenerando, en su diseño y práctica institucional, convirtiéndose ambos elementos en obstáculos para una mejor convivencia y bienestar.
Un bloque bloqueado. La norma constitucional que Canarias necesita con urgencia no puede surgir como mera derivada del bloque constitucional-estatutario de 1978 y 1982. El pacto constituyente-estatuyente de entonces fue en realidad un acuerdo entre la oligarquía española —con sus casposos poderes económicos, militares y religiosos de entonces— y sus reivindicativas fracciones catalana y vasca. Que por allí pasasen también las élites subordinadas de otras nacionalidades, como la gallega y la andaluza, que fueron aupadas al artículo 151.1, después de que sus pueblos se lo trabajasen y sus élites se subiesen al carro a última hora, no las incluye como protagonistas de aquel pacto. Menos aún lo fueron otras élites sometidas, como la valenciana o la canaria, que aceptaron lo que se les daba y como se les daba sin siquiera haberlo demandado, para su vergüenza. Estas élites no pactaron; simplemente consintieron y se adhirieron. En Canarias fueron muchos los democonformistas que se lo tragaron sin casi rechistar.
De ahí la congénita debilidad reivindicativa de la sociedad canaria comandada por esa casta isleña, muy valiente hacia dentro (para fortificar la desigualdad) y muy cobarde hacia fuera (para no rechazar la dependencia). Así se ha evidenciado de forma penosa hasta estos mismos días en la reciente historia, década tras década. No en vano, el arco parlamentario canario se dispone ahora, de forma tibia y cansina, a solicitar en el Parlamento español, una vez más de espaldas a la población, que se embellezcan el Estatuto y el Régimen Económico y Fiscal, bajo la promesa fáctica de que todo lo que importa seguirá igual por estos pagos de “autonomía ultraperiférica” nacional colonial. Estando así las cosas, siendo tan grave la claudicación de ambos Parlamentos, el del Estado plurinacional español y el de la nación canaria, que bloquean cualquier reforma seria del bloque normativo, el necesario proceso constituyente canario —señores demócratas de la pleitesía apoltronada— habrá de surgir de una ruptura, al menos parcial, del bloqueado bloque constitucional-estatutario, partiendo de las exigencias nacional populares canarias.
Lo intraestatal, lo estatal y lo interestatal. Un inciso: nuestro problema, el de una comunidad nacional canaria que sea democrática y que se guíe por los principios fundamentales de igualdad política y de autogobierno soberano, y de la legalidad derivada, no se circunscribe —como tantas veces he argumentado— al territorio de las Islas. En efecto, la esfera básica de la cuestión canaria es archipielágica, incluyendo el mar adyacente del que hoy nos privan. Pero sus dimensiones geopolíticas son también más amplias en su escala, pues se proyectan hacia la esfera de la dominación estatal y la esfera de la dominación global. Lo diré de forma sintética puesto que seguir argumentándolo quedará para otro momento: la cuestión canaria es un problema de poder intraestatal plurinacional y un problema de poder estatal español, y además un problema de poder interestatal global. Los simplismos solo sirven para el autoengaño, el peor de los males del pensamiento: la ausencia de autocrítica en el pensar.
Uno, siendo como es Canarias una de las naciones que conforman la territorialidad del actual Estado plurinacional español, su presente y su futuro político están muy condicionados por una intraestatalidad que es políticamente asimétrica no solo en la diferencia geográfica, sino también en la histórica, económica y cultural respecto a las demás naciones de la España-Estado. Porque la nación canaria, a diferencia de las demás, no es la “exótica región de sol y playa” que plantea la mirada displicente y el puño de hierro del Estado, sino, por el contrario, una nación colonial. Con incuestionable derecho a decidir. Lástima que los tabúes mentales presentes en nuestro medroso sistema parlamentario de partidos no les permitan asomarse siquiera a este balcón para contemplar la realidad sin obtusa distorsión. Prefieren incluso la ceguera, que facilita mejor la rendición a los poderes oligárquicos (¡votemos juntos el presupuesto del Estado!). Todo al servicio del más descarado electoralismo (como de nuevo comprobamos a más de un año de las convocatorias electorales). Incluso han renunciado en los últimos lustros a explicar y reivindicar nuestra auténtica situación en la gran metrópoli madrileña y en las avasalladas metrópolis vasca y catalana. La sumisión ideológica, por lo que se ve, no da para tanto (pero a Fitur ni me la toquen).
Dos, siendo Canarias una nación colonial que además tiene fuertes relaciones geopolíticas con Europa, Latinoamérica y África, y teniendo encima como tenemos la permanente mirada con lupa de la superpotencia mundial USAmericana, junto a la de las potencias rusa y china, no se puede olvidar que nuestro presente y futuro están muy condicionados también por el logro de un tácito acuerdo estatal y global: que se nos reconozca el derecho democrático a la autodeterminación para un régimen de autogobierno soberano nacional popular canario. Así es y así será. Porque aunque esta dificultad determina también en parte la solución democrática del problema, para nada justifica las vanas huidas hacia atrás, ni hacia delante (sin exagerar los paralelismos, hasta Nueva Caledonia ha logrado el reconocimiento de su derecho a decidir). Sirva para reflexión de realistas claudicantes y de irrealistas extraviados, que se mueven como pollos descabezados sin saber a dónde van o como ratones enjaulados que corren en sus respectivas ruedas giratorias, hacia atrás y hacia delante, sin avanzar un milímetro, y dejando las cosas del querer y del poder como están: predican que nos dobleguemos ante unas Islas Canarias-Destino turístico, es decir, ante una sociedad de malestar en crecimiento.
Dos elementos constituyentes irrenunciables. Volviendo entonces al argumento inicial, cabe ahora hacer la pregunta que algunas lectoras y lectores perspicaces esperan que haga: ¿por qué motivos una constitución democrática canaria que diseñe un autogobierno soberano con igual libertad para la ciudadanía no puede surgir como una simple continuidad jurídico-política del actual bloque constitucional-estatutario? O formulado de otra manera: ¿por qué lo que debe recoger una constitución canaria, para que sea democrática e impulse el bienestar ciudadano, no es admitido por el bloqueo de los actuales textos jurídico-políticos? ¿Tanto asusta la democracia real, legítima y efectiva? Dejo a un lado ahora las recientes experiencias vasca (de 2004 y 2005) y catalana (de 2016 y 2017), que siguen siendo experiencias nacionalitarias abiertas, como es obvio no solo en Catalunya, sino también en Euskadi. No deben ser olvidadas, porque son una adecuada ilustración de cómo las más corrompidas fuerzas de la derecha autoritaria del Estado españolista (junto a parte de las izquierdas, aunque con otros procederes), en colusión todas con los poderes fácticos interestatales, bloquean el más mínimo avance en las libertades nacionales (marchitadas, además, por las meteduras de pata que conocemos de parte de los otros nacionalismos excluyentes).
Nuestra constitución, es decir, nuestra constituyente, no puede dejar de recoger dos elementos políticos fundamentales en la tarea democratizadora: primero, la definición de la sociedad canaria como una nación soberana de origen colonial y, segundo, el reconocimiento del derecho de la ciudadanía canaria a decidir de forma pacífica, democrática y pluralista el régimen de su autogobierno soberano y su relación con el Estado español y la Unión Europea. Quiere esto decir que nuestra constituyente debe facultar el poder de elegir de modo democrático entre un ramillete plural de opciones políticas, revisables y renovables en períodos de tiempo acordados, que se mueven a lo largo de la combinación de dos ejes, cuyos extremos son: dependencia versus no-dependencia y unionismo versus separacionismo. Son muchos los formatos viables para las opciones mayoritariamente preferidas, más allá del unionismo que tenemos y del separacionismo conocido, ambos formando el consabido bucle retroalimentado que soportamos. Destruam et aedificabo. Esto es, punto y aparte y suma (¡y resta!) y sigue.
Coda. Hay ya propuestas sobre la mesa. Como propuestas, en democracia son legítimas. Pero su imposición las hace ilegítimas. Sin ir más lejos, cada uno de los partidos parlamentarios de las Islas tiene en este momento su propia “Constitución” canaria, que no es otra que el Estatuto de Autonomía enmendado que han depositado en las Cortes madrileñas, para someter allí sus enmiendas a debate, votación y aprobación, sin consulta ni antes ni después a la ciudadanía canaria. Una maravilla. Porque una cosa es proponer… y otra imponer. Imponer su entreguismo —zurcido a base de realismo claudicante—, con la única voluntad de legitimar de nuevo el dependentismo unionista, no es ya una política legítima. También hay otros partidos no parlamentarios que han puesto sobre la mesa por su cuenta y riesgo una Constitución separacionista, separacionista y dependentista, que recoge sus aspiraciones exclusivistas y excluyentes. Otro prodigio. Pura ensoñación, cargada de irrealismo extraviado que, además, genera dudas sobre su voluntad de que los canarios transitemos únicamente por el camino democrático para mejorar nuestra existencia. Por tanto, lo dicho: destruam et aedificabo. Crítica valorativa de lo que hay y reconstrucción hacia el logro de una sociedad canaria de bienestar.
[Continuarà]
Us ha agradat aquest article? Compartiu-lo!