Jaume Renyer

per l'esquerra de la llibertat

31 de març de 2016
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Jon Iñarritu: “¿Unilateralidad o bilateralidad?”

Jon Iñarritu és un dels més destacats referents de la nova fornada de dirigents de l’esquerra abertzale, jurista de professió, ha estat diputat al Congreso per Amaiur la passada legislatura. Segueix de prop l’actualitat catalana i és un bon amic del poble jueu.

En aqueix article publicat avui mateix a Gara reflexiona sobre la culminació i l’aplicació dels processos d’independència en les societats democràtiques, la catalana entre d’altres:

Cíclicamente se abre un debate relativo a cuáles deben ser los pasos hacia un nuevo estatus institucional en Euskal Herria. La actual Ponencia de Autogobierno que se desarrolla en el Parlamento de la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) ha reabierto la discusión sobre la unilateralidad o la bilateralidad, pero ¿son acaso incompatibles?

Antes de entrar en materia, convendría hacer un poco de memoria. En lo relativo a la CAV, tras 35 años observamos cómo el Estatuto de Gernika sigue sin completarse en sus partes fundamentales. Por si fuera poco, la invasión competencial desde 1982 y la conocida LOAPA son una constante, fruto de una agenda recentralizadora. De igual manera, el intento de dotarse de un nuevo Estatuto (2004), no fue ni aceptado a trámite en Madrid. El posterior intento de Ley de Consultas fue tumbado por el politizado Tribunal Constitucional (TC). En la Comunidad Foral Navarra ha ocurrido algo similar y lo vemos con la actitud del Estado de recurrir constantemente las normas aprobadas por su Parlamento y si hablásemos del caso catalán, más de lo mismo. Es evidente que el Estado desprecia permanentemente por la vía de la unilateralidad todas las decisiones de los parlamentos vasco-navarros y los mandatos democráticos de las naciones del Estado.

En Euskal Herria, la mayoría de la sociedad valora positivamente el Concierto/Convenio. Instituciones propias que se actualizan por la vía de la bilateralidad, incluida la negociación del Cupo. Pero no nos llevemos a engaño, la realidad es que el Cupo y su necesaria actualización está actualmente congelado por el diferente cálculo de estimaciones entre la Administración del Estado y la vasca. Pues bien, ¿alguien cree que la bilateralidad del Concierto garantiza una relación en plano de igualdad? Si a ello añadimos el continuo cuestionamiento por parte de diferentes partidos y sectores estatales de estas estructuras vascas, evidencian su fragilidad. Podemos decir que la bilateralidad solo es posible entre iguales y que lamentablemente en el Estado español, no es el caso.

Por estas y otras razones, una mayoría de la ciudadanía vasca apuesta por dotarse de un nuevo marco de autogobierno, que para los sectores independentistas se concreta en la conformación de un Estado. Pero es evidente que son precisamente esos sectores los que deben impulsar el proceso independentista. Un camino en el que además de desarrollar una hoja de ruta y un argumentario, se deben favorecer las condiciones para sumar cada vez a más ciudadanas y ciudadanos. Para ello, todo paso es positivo, también aquellos pasos que permiten alcanzar mayores cotas de independencia material (en materias competenciales como las pensiones…), así como, en las medidas individuales y colectivas, basadas en el compromiso diario como personas empoderadas, que van desde la elección de los productos de consumo hasta la participación asociativa. Hechos que cristalizarán para dar las condiciones idóneas en las que exista una mayoría clara a favor de la conformación de un Estado propio. De ahí que la iniciativa del proceso independentista-soberanista debe ser unilateral.

Ahora bien, la iniciativa del proceso soberanista es una cosa y otra diferente es el procedimiento jurídico a seguir en un hipotético proceso de secesión. En el mismo se deberían respetar la legislación internacional y los estándares internacionales, que nos indican que el procedimiento secesionista debe ser: democrático, pacífico y negociado. Por ello, podemos considerar que la bilateralidad y la negociación de «bona fides» son principios procedimentales que han de transitarse en este tipo de procesos.

Además, hay que destacar que la secesión unilateral (sin ser ilegal) no cuenta con simpatías por parte de la comunidad internacional. En estos casos la carga de la prueba estriba en aquellos que desean secesionarse, que deberán acreditar que el proceso cumple la legalidad y principios internacionales. Pero cabe preguntarse ¿qué ocurre si el Estado matriz se niega a negociar de «buena fe» una solución que adapte el estatus político a un claro e inequívoco mandato democrático? En ese caso se legitimarían las vías unilaterales tanto a los ojos de la comunidad internacional como de la propia ciudadanía. Es lo que se conoce como la «remedial secession».

Estados como el Reino Unido, Canadá y Serbia-Montenegro, han sabido regular, incluso modificando su sistema constitucional, un marco jurídico para realizar referéndums de independencia de territorios en el seno de sus Estados. Un caso paradigmático es el de Serbia, que en caso de Kosovo, se opuso a toda solución negociada, incluso con la mediación de las ONU. Esa oposición por un lado legitimó la declaración unilateral de independencia del Parlamento de Kosovo (2008). No obstante, también ha de indicarse que la oposición de Serbia, por medio de sus aliados en el Consejo de Seguridad ha impedido hasta la fecha que Kosovo se convierta en miembro de la ONU, mientras que en el caso de Montenegro la entrada fue inmediata. No olvidemos que la independencia de un Estado estriba en su efectividad y en el control de su territorio y que para ello es necesario lograr el reconocimiento del nuevo Estado por el número de suficientes Estados que lo hagan viable, así como la pertenencia a Organizaciones Internacionales, especialmente la ONU. De otro modo, se puede ser un Estado como Kosovo o Taiwan, que son Estados soberanos, pero con capacidades limitadas en el contexto de las relaciones internacionales.

En definitiva, por un lado debemos tener claro que la iniciativa del proceso soberanista la deben poner en marcha los independentistas. Por otro lado, cuando se logre en la sociedad una voluntad mayoritaria a favor de la secesión, el procedimiento deberá respetar unos cauces legales y principios de Derecho Internacional, entre los que se hallan la bilateralidad, sin que eso sirva de veto sine die para el Estado. Se deben agotar las vías legales, sin olvidar nunca que quien manda es el pueblo y su mandato democrático.

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